|
|
USTED ESTÁ EN:
Inicio Funciones
|
|
|
|
Funciones
|
Objetivo principal asegurar que los operativos del país sean adecuados para los perjuicios que se originen por los desastres causados por inundación, terremoto, tormenta, huracán, fuego, escasez o distribución deficiente de suministro de materiales, u otros motivos similares, y en general para proveer el orden, salud y bienestar económico, seguridad pública prevención de la vida y de la propiedad en tales circunstancias.
Coordinar las funciones de los distintos departamentos del Estado, de sus organizaciones autónomas y de las entidades privadas de toda clase, para que se realice la más eficaz preparación de los recursos humanos, económicas y facilidades en casos de desastres.
Además de las atribuciones enumeradas anteriormente, la misma tendrá a su cargo las siguientes:
- Proporcionar la creación de organizaciones de voluntarios para llevar a cabo las funciones de Defensa Civil;
- Recomendar al Poder Ejecutivo, dictar los Reglamentos necesarios para la fiel ejecución de la presente Ley;
- Preparar un plan y programa general para la Defensa Civil en todo el territorio nacional;
- Requerir de los organismos e instituciones autónomas del Estado y de sus respectivas dependencias, así como de las entidades privadas, los servicios y facilidades de lugar en todo asunto relacionado con la Defensa Civil.
|
|
|
|
|
|